El pasado mes de abril, se publicó finalmente la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular , que entrará en vigor en España el 1 de enero de 2023. En el título VII de dicha Ley, se incluyeron las medidas fiscales para incentivar la economía circular entre las que se incluyó un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, comúnmente conocido como “impuesto al plástico”.
Medidas fiscales del impuesto al plástico
Las medidas fiscales han sido publicadas en la web de la Agencia Tributaria (AEAT) bajo la sección de Impuestos Especiales y Medioambientales. Sintetizamos a continuación el contenido facilitado por la Agencia Tributaria:
- Información general sobre los elementos básicos de impuesto
- El cálculo de la cuota
- Formas de liquidación y pago
- Beneficios fiscales
- Formalidades aduaneras
- Documentación técnica necesaria
- Preguntas frecuentes
Sin embargo, todavía queda por parte de la administración la aprobación de las normas de gestión del impuesto.
Interpretamos el impuesto al plástico para ti
Como empresa líder en sector de la transformación de envases y embalajes, esta ley repercute en muchos de nuestros productos y por lo tanto en nuestros clientes. El plástico es un material versátil, ligero, duradero e increíblemente adaptable por lo que se utiliza en múltiples sectores.
Las dudas y preguntas que puede suscitar la entrada en vigor del impuesto y las diferentes casuísticas por sector, hacen que las empresas busquen información personalizada. Para dar respuesta a esta necesidad, en Grupo Armando Alvarez hemos elaborado un documento que recoge nuestra interpretación del título VII, de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, en el que recabamos los aspectos más relevantes.